Los scooters eléctricos (patinetes con motor de baja potencia) se clasifican como PLEV o vehículos eléctricos personales ligeros. No están sujetos a impuestos o registro, y como tales, no pueden ser utilizados de forma legal por las carreteras de nuestro país, al menos hasta el momento.
Debido al hecho de que están motorizados y de que carecen de pedales como sí tienen las bicicletas, son ilegales para su uso en ciclovías y pavimentos, y debido a que son de baja potencia, son ilegales para su uso en la carretera.
A pesar de todo, si eres de los que conduces un scooter eléctrico de manera responsable y respetando a los transeúntes, es poco probable que la policía te detenga. Pero si te paran, debes saber que te enfrentas a posibles multas de 200 €.
¿Cuál es la normativa en vigor para circular con un patinete por la gran ciudad?
Las ventas de estos dispositivos ha crecido tanto en el último año que la DGT (Dirección General de Tráfico) se ha visto obligada a elaborar una instrucción a nivel nacional, mientras se espera la aprobación final de un Real Decreto sobre Vehículos de Movilidad Personal (VMP).
Un VMP es un vehículo de una o más ruedas dotado de una única plaza y propulsado tan solo por motores eléctricos que pueden dotar al vehículo de una velocidad máxima por diseño comprendida entre los 6 y los 25 Km/h.
Puedes echar un vistazo a nuestra recopilación de los mejores patinetes eléctricos de este año, donde encontrarás consejos de compra y una guía de los que cumplen actualmente con las especificaciones de vehículo VMP.
Según estipula la DGT, es importante fijarse en las características técnicas de cada aparato, poniendo especial atención en la potencia del mismo y en la velocidad, ya que no podrá superar los 25 Km/h.
Si se ponen en circulación y no cumplen con los requisitos de un VMP, el Reglamento UE nº 168/2013 afirma que sus conductores podrán ser denunciados con sanciones de hasta 500 € además de proceder a la inmovilización y el depósito del mismo.
A continuación, te ofrecemos los puntos más importantes que debes conocer si usas tu scooter eléctrico a diario en la gran ciudad, o bien te planteas comprar uno. Cotejamos además los comportamientos considerados indebidos y que son objeto de denuncia.
Paradas y estacionamientos. Las ordenanzas municipales son las que establecen las prohibiciones relativas a las paradas y estacionamientos de estos vehículos. Desde la DGT, se aboga para que la acera sea del peatón, pero su regulación es exclusivamente municipal. Sanciones a menores. En los casos de infracciones cometidas por menores de 18 años, los padres, tutores, acogedores y guardadores legales o de hecho, responderán solidariamente de la infracción cometida por el menor. Uso de teléfono móvil. Al tratarse de conductores de vehículos, tienen prohibido conducir haciendo uso manual del teléfono móvil o de cualquier otro sistema de comunicación. La sanción sería de 200 € (artículo 12. 2. 5B del RGC). Auriculares. También está prohibido conducir utilizando cascos o auriculares. En caso de ser detectados, la multa será de 200 € (artículo 12. 2. 5A del RGC). Casco y otros elementos de protección. A falta en estos momentos de una regulación en el Reglamento General de Circulación, el uso de estos elementos se rige por la Ordenanza Municipal, con multas de hasta 200 €. Tienen prohibido la circulación por aceras y zonas peatonales, ya que el artículo 121 del RGC prohíbe la circulación de cualquier vehículo por las aceras (excepto a monopatines, patines o aparatos similares que lo hagan exclusivamente a paso de persona) siendo sancionable con 200 €. Sin pasajero. Los VMP y demás vehículos ligeros eléctricos están concebidos para para transportar a una sola persona, por lo que la circulación de dos personas en VMP es sancionable con 100 € de multa (artículo 9. 1. 5. E del RGC). Prendas reflectantes o sistema de alumbrado. Se considerará conducción negligente y por tanto punible cuando se realice conducción nocturna sin alumbrado ni prendas o elementos reflectantes. La sanción correspondiente es de 200 € (artículo 3. 1 del RGC)
¿Dónde son legales los patinetes eléctricos o scooters?
Si bien España ha tardado en adoptar scooters eléctricos como forma de transporte urbano y ecológico, otros países europeos están adoptando un enfoque mucho más moderno y avanzado.
En Francia, por ejemplo, un VMP puede correr hasta 25 km/h en un carril bici, mientras que Austria y Suiza también lo extienden al uso de la carretera. En Francia y Alemania, un VMP también puede utilizarse a 6 km/h en las aceras, como sucede en nuestro país.
Alfonso lleva más de 20 años escribiendo y analizando productos de tecnología de consumo. Formó parte del staff de la revista PCWorld y, años después, se enorgullece de seguir siendo crítico en las reviews de productos que realiza.